La normativa indica lo siguiente:
– El acceso de los animales está condicionado a su óptimo estado higiénico-sanitario y a la ausencia de molestias para los usuarios del servicio.
– En el Tranvía se podrán transportar animales de compañía en todos los vagones, siempre y cuando el volumen permita su traslado en el interior de transportines o similar.
– En el último vagón pueden subir animales de compañía de menos de 10 kilogramos, en brazos con bozalo elemento que desempeñe la misma función. En el último vagón también pueden subir animales de compañía de más de 10 kilogramos, en este caso sólo uno y con bozal o elemento que desempeñe la misma función. En el caso de que sean del mismo propietario, podrán subir dos, con bozal y correa.